Bogotá, agosto 6 de 2020. La declaración de renta cobra cada año más importancia en Colombia. Tras la pandemia, seguramente habrá una reforma tributaria que abarcará más población declarante. Resulta de capital importancia tener información sobre el tema para no afrontar complicaciones posteriores, y cumplir con la obligación en este año. Los tiempos ante la DIAN corren.
Juan Manuel Sáenz de Brigard, abogado, maestro en derecho y especialista en derecho Tributario, de Sáenz Castellanos Litigation & Advocay, respondió preguntas frecuentes sobre la declaración de renta de personas naturales.
¿Qué es el sistema cedular?
El impuesto de Renta y Complementarios para personas naturales en Colombia funciona a través de un sistema cedular. En palabras simples el sistema cedular es un mecanismo para identificar la fuente del ingreso. Cada cédula tiene unas reglas y excepciones para elaborar la depuración, las cuales son diferentes a las que se usan para las sociedades comerciales.
El sistema cedular está compuesto por tres cédulas:
a) Ingresos Generales
b) Ingresos por Dividendos
c) Ingresos por Pensiones.
¿Qué debes tener en cuenta para presentar la declaración de renta?
Lo primero que se debe determinar es si la persona tiene la calidad de residente para efectos fiscales. Los artículos 9 y 10 del Estatuto Tributario nos ayudan a dilucidar el interrogante. En términos generales, permanecer en Colombia continua o discontinuamente por más de 183 días calendario confiere la calidad de residente fiscal. Una vez adquirida la residencia fiscal, las personas naturales nacionales o extranjeras están sujetas al impuesto sobre la renta y complementarios por los ingresos realizados u obtenidos en cualquier país.
¿Cuáles son las bases de declaración de renta en Colombia?
Adicional a lo anterior, el Gobierno Nacional ha definido unas bases para determinar quiénes están obligados a presentar una declaración de renta y complementarios por las rentas percibidas en el período gravable 2019. Si usted está dentro cualquiera de las siguientes hipótesis debe presentar oportunamente la declaración.
- Quien en el 2019 haya tenido un patrimonio bruto superior a $ 154 215 000 COP.
- Quien en el 2019 haya tenido ingresos brutos superiores a $ 47 978 000 COP.
- Quien haya realizado consumos con tarjetas de crédito por valor superior a $ 47 978 000 COP.
- Quien haya realizado un total acumulado de consignaciones bancarias o depósitos o inversiones financieras superiores a $ 47 978 000 COP.
- Personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia cuando a la totalidad de sus ingresos les hayan practicado retención en la fuente.
¿Cuándo se debe pagar el impuesto de renta?
Las personas obligadas a presentar declaración de Renta y Complementarios deben hacerlo conforme al siguiente calendario tributario definido por el Gobierno Nacional.
https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx
¿Qué beneficios tributarios puedo obtener?
En la cédula por ingresos laborales, el contribuyente debe tener en cuenta que hay ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional como los aportes obligatorios al Sistema General de Pensiones, los aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud. También debe tener en cuenta los beneficios tributarios como la renta exenta del 25%, deducciones por dependientes, intereses por adquisición de vivienda, pagos a medicina prepagada y otras rentas exentas.
¿Cuál tarifa del impuesto de renta me aplica?
Una vez obtenida la renta líquida gravable se debe llevar a la tabla del artículo 241 del Estatuto Tributario, el cual materializa el principio de la progresividad del impuesto de renta. Las tarifas progresivas varían dependiendo el valor de la renta líquida, a mayor valor, mayor tarifa a aplicar. Hay siete tarifas a saber, 0%, 19%, 28%, 33%, 35%, 37% y 39%.
Es decir que, en Colombia el sistema está diseñado para que aquel que tenga mayores ingresos tenga que pagar una tarifa mayor.
Mayor información: https://saenzcastellanos.com/f/aprende-como-y-cuando-elaborar-tu-declaracion-de-renta – TEL: 313-48-81-836